Hoy miércoles 3 de abril y hasta el lunes 1 de julio abren los plazos para presentar la declaración de la renta.
Están obligados a presentar la declaración de la renta en estos casos:
- Si los ingresos por trabajo en 2023 proceden de un único pagador y no superan los 22.000 euros brutos anuales, no hay obligación de presentar la declaración de la Renta este 2024.
- Si no se alcanzan esos 22.000 euros brutos anuales pero existen varios pagadores, tampoco tendremos la obligación de hacer la declaración siempre y cuando la suma de lo ingresado por el segundo y el resto de pagadores no supere en su conjunto los 1.500 euros brutos anuales. [Las pensiones de jubilación, prestaciones por desempleo, ERTE, pensiones compensatorias o pagos por bajas médicas también se incluyen en este apartado].
Límite de 15.000 euros brutos anuales:
- Si los ingresos por rendimientos del trabajo proceden de varios pagadores y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes sí supera los 1.500 euros anuales, el límite para estar exento de declarar desciende hasta los 15.000 brutos anuales.
- Esta cifra subirá a 19.241 euros si el contribuyente cuenta con dos hijos o más y un cónyuge con rentas anuales inferiores a 1.500 euros, siempre y cuanto el contribuyente principal reciba anualmente menos de 35.200 euros.
- También se fija la cantidad límite en en 15.000 euros cuando se perciban:
- Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
- Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.
Recuerda que si tienes cualquier duda o necesitas ayuda puedes llamarnos a nuestra oficina y te ayudaremos encantadas.